background

Servicios para empresas

Ponemos a disposición de las empresas nuestra amplia gama de servicios sanatoriales de la mano de un equipo de excelentes profesionales.

Brindamos una atención preferencial y diferenciada situando a cada uno de nuestros pacientes en el centro del sistema sanitario.

En Paraguay los empleadores deben de realizar las siguientes evaluaciones médicas; evaluación pre-ocupacional o de pre-ingreso; una evaluación médica ocupacional periódica; y una evaluación post-ocupacional o de egreso.

También deben realizar evaluaciones en ciertas circunstancias, tales como en las post- incapacidades, por reintegro, para identificar condiciones de salud que puedan empeorar o poner en peligro la salud de las demás personas.

Dada la obligatoriedad de la práctica de dichas evaluaciones médicas, las cuales deben ser gratuitas para el empleado, el CMB ofrece el servicio para las empresas.

El marco jurídico aplicable para la obligatoriedad de estos estudios tiene su sustento en la siguiente normativa Laboral: Código del trabajo Ley N° 213/92, Arts. 275° inc. "a", y 276° inc. "d"

Decreto N° 14.390 Reglamento general técnico de seguridad, higiene y medicina en el trabajo, Arts. 259 y 260.

Conocer el estado de salud físico y mental de los potenciales y actuales empleados, permitiendo al empleador contar con una adecuada organización del recurso humano y un ambiente laboral sano que deviene en una empresa con servicios de calidad con una rentabilidad optimizada.

Los exámenes médicos ocupacionales son valoraciones practicadas por médicos especializados en salud ocupacional, quienes examinan a los trabajadores (generalidades, antecedentes, síntomas, signos, evolución).

Así mismo ordenan las pruebas y análisis necesarios para generar un diagnóstico con las respectivas recomendaciones. Lo anterior, teniendo en cuenta los factores de riesgo a los que está o estará expuesto el trabajador, así como las consecuencias derivadas.

Estos chequeos periódicos son necesarios para supervisar la exposición a factores de riesgos e identificar alteraciones temporales o permanentes.

Conforme al Art. 263° el examen médico periódico de doce (12) en doce (12) meses, al máximo comprenderá:

  • Examen clínico.
  • Radiografía del tórax.
  • Hemograma completo.
  • Examen de rutina, orina.
  • Electroencefalograma. (Error de tipeo en Ley es Electrocardiograma)
  • Test sicológico (según necesidad)
  • Examen ginecológico PAP

Al momento del pre-ingreso, las evaluaciones médicas sirven para evaluar las condiciones físicas, y mentales de los trabajadores que van a ingresar. Así mismo permiten detectar si se adaptan a las condiciones laborales, al perfil del cargo, al manual de funciones y al medio en el cual se desarrollará la labor.

Conforme al Art. 262° el examen médico admisional comprenderá, para todos los trabajadores:

  • Radiografía de tórax.
  • Examen clínico (vista, oído, piel, extremidades, etc.).
  • Hemograma completo.
  • Investigación de VDRL - Sífilis.
  • Colesterol.
  • Glicemia.
  • Inmunofluorescencia (Mal de Chagas).
  • Tipificación sanguínea (grupos sanguíneos y factor RH).
  • Examen de rutina (orina).
  • Examen parasitológico de heces.
  • Test sicológico elemental y de coordinación muscular.
  • Investigación V.I.H. (SIDA). (No es obligatorio amparado en Ley N° 3.940/2009.)
  • Estudios específicos según puesto al cual postula, determinado por el medico laboral.

Ponemos a disposición de las empresas nuestros servicios a través de la habilitación de una linean de crédito con mínimos requisitos y la posibilidad de abonar por los mismos 30 días posteriores a su usufructo.

Ofrecemos capacitaciones generales o específicas dictadas por profesionales de nuestra institución, estas pueden ser presenciales, siempre que las condiciones lo permitan o virtuales.